EL MUNDO
11-M: todo depende ahora del Supremo
La Audiencia de Madrid ha decidido archivar la investigación penal que seguía la juez Coro Cillán, titular del juzgado de instrucción nº 43, contra Jesús Sánchez Manzano, el ex jefe de los Tedax. Sánchez Manzano estaba acusado de encubrimiento, falso testimonio y omisión del deber de perseguir delitos tras una querella presentada por la Asociación de Víctimas del 11-M en julio de 2009, a la que después se sumó la AVT.
Tras dos años y medio en los que la causa ha ido avanzando gracias a la tenacidad de la juez Cillán, la Audiencia de Madrid considera que los hechos que se investigan ahora ya fueron objeto de una denuncia previa que fue archivada por otro juzgado de la Plaza Castilla. Entiende, por ello, que debe aplicarse el principio de non bis in idem, que significa que la misma cosa no puede ser juzgada dos veces. En consecuencia dicta el sobreseimiento del procedimiento de la juez Cillán.
Antes de entrar en las consideraciones jurídicas, digamos que ello supone una cruel bofetada a las víctimas del 11-M, representadas en las dos asociaciones querellantes, a las que se priva de la única vía legal abierta para conocer la verdad sobre la masacre de Madrid, vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva.
Pero es que además, como argumenta el fiscal, el sobreseimiento es un error técnico porque no existen los requisitos para considerar que la cosa ha sido ya juzgada. En primer lugar, porque no coinciden las personas que son objeto de la investigación penal. Y en segundo lugar, porque no coincide el objeto de la causa.
La denuncia de la primera causa, formulada por Alternativa Española, pedía que se investigara la pericia realizada por los expertos sobre la naturaleza de los explosivos que estallaron en los trenes. Fue presentada tras la aparición del libro Titadyn, elaborado a partir de los trabajos de Antonio Iglesias, perito del caso, que cuestionaba la versión oficial, consistente en que la dinamita que estalló fuera Goma 2 ECO. Ello tiene poco que ver con la investigación del juzgado de Coro Cillán, que se dirige a esclarecer las responsabilidades de Sánchez Manzano en la recogida y almacenamiento de los restos de los explosivos, en la destrucción de pruebas, en su falto testimonio en el juicio y en la validez de la mochila de Vallecas. Nada de ello era objeto de la denuncia de Alternativa Española.
Por tanto, resulta muy difícil de entender un fallo que archiva una investigación que estaba prosperando y había sacado a la luz los presuntos delitos cometidos en la investigación del 11-M en función de otra causa previa que había sido sobreseída sin siquiera indagar sobre la denuncia. Al margen de que nos parece una decisión técnicamente mal fundamentada, no podemos dejar de advertir que han existido injustificadas peticiones de testimonios por parte de algunos personados con posterioridad en la instrucción de Coro Cillán que han contribuido a sembrar la confusión y dado alas a los partidarios del archivo.
Lo único positivo de esta resolución es que la propia Audiencia concede a las asociaciones que habían acusado a Sánchez Manzano en el juzgado de Cillán el derecho a recurrir el archivo ante el Supremo. Sobran argumentos jurídicos para hacerlo y, por ello, no hay que dejarse llevar por la desesperanza. Todo indica, pues, que el Supremo va a tener la última palabra sobre la investigación contra Sánchez Manzano, que es hoy la única puerta abierta para conocer la verdad sobre el 11-M.
Tras dos años y medio en los que la causa ha ido avanzando gracias a la tenacidad de la juez Cillán, la Audiencia de Madrid considera que los hechos que se investigan ahora ya fueron objeto de una denuncia previa que fue archivada por otro juzgado de la Plaza Castilla. Entiende, por ello, que debe aplicarse el principio de non bis in idem, que significa que la misma cosa no puede ser juzgada dos veces. En consecuencia dicta el sobreseimiento del procedimiento de la juez Cillán.
Antes de entrar en las consideraciones jurídicas, digamos que ello supone una cruel bofetada a las víctimas del 11-M, representadas en las dos asociaciones querellantes, a las que se priva de la única vía legal abierta para conocer la verdad sobre la masacre de Madrid, vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva.
Pero es que además, como argumenta el fiscal, el sobreseimiento es un error técnico porque no existen los requisitos para considerar que la cosa ha sido ya juzgada. En primer lugar, porque no coinciden las personas que son objeto de la investigación penal. Y en segundo lugar, porque no coincide el objeto de la causa.
La denuncia de la primera causa, formulada por Alternativa Española, pedía que se investigara la pericia realizada por los expertos sobre la naturaleza de los explosivos que estallaron en los trenes. Fue presentada tras la aparición del libro Titadyn, elaborado a partir de los trabajos de Antonio Iglesias, perito del caso, que cuestionaba la versión oficial, consistente en que la dinamita que estalló fuera Goma 2 ECO. Ello tiene poco que ver con la investigación del juzgado de Coro Cillán, que se dirige a esclarecer las responsabilidades de Sánchez Manzano en la recogida y almacenamiento de los restos de los explosivos, en la destrucción de pruebas, en su falto testimonio en el juicio y en la validez de la mochila de Vallecas. Nada de ello era objeto de la denuncia de Alternativa Española.
Por tanto, resulta muy difícil de entender un fallo que archiva una investigación que estaba prosperando y había sacado a la luz los presuntos delitos cometidos en la investigación del 11-M en función de otra causa previa que había sido sobreseída sin siquiera indagar sobre la denuncia. Al margen de que nos parece una decisión técnicamente mal fundamentada, no podemos dejar de advertir que han existido injustificadas peticiones de testimonios por parte de algunos personados con posterioridad en la instrucción de Coro Cillán que han contribuido a sembrar la confusión y dado alas a los partidarios del archivo.
Lo único positivo de esta resolución es que la propia Audiencia concede a las asociaciones que habían acusado a Sánchez Manzano en el juzgado de Cillán el derecho a recurrir el archivo ante el Supremo. Sobran argumentos jurídicos para hacerlo y, por ello, no hay que dejarse llevar por la desesperanza. Todo indica, pues, que el Supremo va a tener la última palabra sobre la investigación contra Sánchez Manzano, que es hoy la única puerta abierta para conocer la verdad sobre el 11-M.
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