ABSURDA REVOLUCIÓN ABSURDO: Contrario y opuesto a la razón; que no tiene sentido. (DRAE) REVOLUCION: Cambio violento en las instituciones políticas, económicas o sociales de una nación.(DRAE) Ambas definiciones son aplicables a lo acontecido el 11M en Madrid. Desde entonces trabajamos para conocer la verdad, honrar la sangre derramada, y defender nuestra LIBERTAD. | ||||||||||||||
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Hola ... ¿Qué tal? ... amigo, ¿Qué sabes del 3%?, ¿Y de Mohamed? Si, pero ... "Tenemos un Rey muy republicano ... porque defiende los principios democráticos" ... ja. | ||||||||||||||
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Artículo 34. Derechos lingüísticos de los consumidores y usuarios Todas las personas tienen derecho a ser atendidas oralmente y por escrito en la lengua oficial que elijan en su condición de usuarias o consumidoras de bienes, productos y servicios. Las entidades, las empresas y los establecimientos abiertos al público en Cataluñaquedan sujetos al deber de disponibilidad lingüística en los términos establecidos por ley. Artículo 35. Derechos lingüísticos en el ámbito de la enseñanza 1. Todas las personas tienen derecho a recibir la enseñanza en catalán, de acuerdo con lo establecido por el presente Estatuto. El catalán debe utilizarse normalmente como lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza universitaria y en la no universitaria. 2. Los alumnos tienen derecho a recibir la enseñanza en catalán en la enseñanza no universitaria. Tienen también el derecho y el deber de conocer con suficiencia oral y escrita el catalán y el castellano al finalizar la enseñanza obligatoria, sea cual sea su lengua habitual al incorporarse a la enseñanza. La enseñanza del catalán y el castellano debe tener una presencia adecuada en los planes de estudios. 3. Los alumnos tienen derecho a no ser separados en centros ni en grupos de clase distintos por razón de su lengua habitual. 4. Los alumnos que se incorporen más tarde de la edad correspondiente al sistema escolar de Cataluña gozan del derecho a recibir un apoyo lingüístico especial si la falta de comprensión las dificulta seguir con normalidad la enseñanza. 5. El profesorado y el alumnado de los centros universitarios tienen derecho a expresarse, oralmente y por escrito, en la lengua oficial que elijan. Aquí empiezan las curvas. Se traslada al texto constitucional la normativa sobre política lingüística que obliga a entidades y empresas, comercios y despachos, a disponer lo necesario para que cualquier consumidor pueda ser atendido en catalán. No ya entendido, sino atendido. Es decir, que el consumidor fija la lengua en que ha de contestarle el dependiente. Y si no lo hace, será denunciable en las magníficas oficinas que la gestapo lingüística tiene establecidas en Cataluña. Dicho de otro modo: si no hablas catalán, puedes ser multado, ésa es la consecuencia práctica. Y en cuanto a la enseñanza, más claro agua: todos tiene derecho a recibir la enseñanza en catalán. ¿Y en castellano? Huy, qué olvido más tonto... pues no, mira, eso no está contemplado. Es bueno, aunque reiterativo, recordar que nos hallamos ante el estatuto de autonomía, o sea, la ley fundamental de la Comunidad. Pues bien, en ella se llega a establecer incluso cuál ha de ser la lengua en que se enseñe, e incluso la lengua vehicular en los centros. O sea, en qué idioma se ha de hablar por los pasillos. Alucinante. Libertad se llama esta figura. Luego está el retorcimiento de los preceptos para dar a entender justamente lo contrario de lo que ocultan: 3. Los alumnos tienen derecho a no ser separados en centros ni en grupos de clase distintos por razón de su lengua habitual. 4. Los alumnos que se incorporen más tarde de la edad correspondiente al sistema escolar de Cataluña gozan del derecho a recibir un apoyo lingüístico especial si la falta de comprensión las dificulta seguir con normalidad la enseñanza. Esto, en román paladino, significa justamente lo contrario: los alumnos no tienen derecho a disponer de clases o grupos en castellano. Y los que no entienden catalán (solo por incorporarse más tarde al sistema educativo catalán, cualquier otra causa es impensable) deberán aprenderlo por narices si quieren estudiar, así que se les someterá a una inmersión especialmente meticulosa ... perdón, quiero decir que recibirán un apoyo especial. No fuese que les diese por estudiar en castellano, vamos, qué tontería. Germont miembro de AR y Foro Liberal Índice de artículos publicados
Soy un ciudadano español -aragonés por más señas- que encontró el amor de su vida en Barcelona. He vivido en varias ciudades de nuestro país y del extranjero a lo largo de toda mi vida; con lo que estoy habituado a convivir con gentes de nacionalidad, raza, lengua y costumbres distintas a la mía. Siempre me he sentido orgulloso de ser español allá por donde ha transcurrido mi existencia hasta llegar a la ciudad condal, donde -en según que ambientes- parece que uno debe de ocultar su amor por la patria que me ha visto nacer y a la que he contribuido modestamente a prosperar. ¿Cómo es que desoye por completo, la gran mayoría del arco parlamentario autonómico catalán, el sentir de los ciudadanos que representan? Nuestros auténticos intereses no pasan por el desgajamiento de esta querida parte de España, ni por la imposición de la lengua autóctona en detrimento de la nacional, ni de la coacción laicista en la educación pública, ni de la liberada omisión de la defensa de los no nacidos y de los que están al borde de la muerte. ¿Es posible que estemos tan próximos a un paroxismo político-social sin precedentes? ¿Hasta cuándo el hastío de la población por los asuntos públicos continuará en una sociedad alelada por los medios y espiritualmente empobrecida? Una nación fuerte reacciona frente a los ataques que se dan en su seno, las débiles son pasto de las llamas. Iñaki
http://i19.photobucket.com/albums/b194/absurdarevolucion/fotos_0/psc_est.jpg Recorriendo el pasado¿Quien dijo que las pancartas no llevaban firma ? En octubre de 1844, con la victoria de los moderados en las urnas, comienza la llamada Década Moderada, que finalizaría con la sublevación de julio de 1854. Una de las tareas del nuevo Parlamento era la reforma de la Constitución de 1837. Sin embargo, el texto promulgado por Isabel II en 1845 resultaba ser una Constitución radicalmente nueva, dirigida a realzar la posición de la Corona y a consolidar una burguesía moderada. La Constitución estuvo vigente hasta el pronunciamiento del General Prim en Cádiz, en septiembre de 1868, que supuso, además, el destronamiento de Isabel II. http://www.constitucion.es/otras_constituciones/espana/1845.html
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http://www.hazteoir.org/modules.php?name=Noticias&file=article&sid=1183 Comunicado oficial de la Cadena Cope http://www.cope.es/audios/noticias/comunicado.wma | ||||||||||||||
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